Olga Ramos, Corresponsal
GÓMEZ PALACIO, DURANGO.- El maltrato infantil puede considerarse como actos u omisiones cometidos intencionalmente.
En caso de que alguien llegara a detectar a un menor que enfrenta este tipo de maltrato, puede denunciarlo ante la Procuraduría de la Defensa de la Mujer, el Menor y la Familia del DIF.
Dichos actos son capaces de producir en niños y niñas, daños físicos, emocionales o sexuales, que dificultan su óptimo desarrollo, realizados por individuos, padres, tutores, custodios o personas que se encuentren al cuidado de éstos.
Las lesiones corporales, pueden ir desde heridas leves, hasta muy serias y que pueden causar la muerte, se consideran maltrato físico, las cuales no deben confundirse con lesiones o secuelas producto de un accidente.
Hay que distinguir que las lesiones por maltrato son: hematomas en antebrazos, heridas sobre infectadas, quemaduras inexplicables (cigarro, agua caliente, plancha), fracturas en ocasiones múltiples en costillas, huesos largos y cráneo.
El maltrato emocional es difícil de identificar, porque no se observa a simple vista, sino que se manifiesta a través de expresiones de rechazo, falta de afecto y atención dirigida.
El descuido en menores puede ser de tipo físico, emocional o educacional y cada uno de estos se presenta en diferentes grados. El abandono es considerado como el desprendimiento total del niño que termina casi siempre con niños en la calle.
Asimismo, el abuso sexual, es considerado todo acto ejecutado por un adulto o adolescente sobre un menor con el fin de estimularse o gratificarse sexualmente.